Actividades Sujetas al Régimen de Comunicación Ambiental

Es documento firmado por técnico competente Arquitecto, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico Industrial, que se requiere para obtener la correspondiente licencia municipal, que permitirá la apertura de su negocio, el ejercicio y la explotación de la actividad en un local o recinto determinado.
Este documento justifica que tanto el establecimiento, las instalaciones previstas, el diseño, así como el desarrollo de la actividad se ajustan a la normativa y a las reglamentaciones correspondientes.


¿Qué tipo de actividades están sujetas a comunicación ambiental?
En principio las actividades no calificadas, es decir, las actividades inócuas.

¿Qué són las actividades inócuas?
Son aquellas actividades de carácter comercial, industrial o de servicios que por su naturaleza o condiciones de funcionamiento no puedan previsiblemente producir molestias, afectar a las normales condiciones de salubridad e higiene, o implicar daños o riesgos graves a persona o bienes.

Por ejemplo, oficinas, perfumerías, peluquerías, despachos de pan, ultramarinos, fruterías, herboristerías, salones de belleza, droguerías, farmacias, oficinas bancarias, ópticas, ortopedias, venta de material informático, venta menor de telefonía móvil, videoclubs, locutorios telefónicos sin juegos en red, pensión, residencia sin comedor, centros de enseñanza no reglada, agencias de viajes, papelería-librería, joyería-relojería, ferretería, zapatería, funeraria, deportes, juguetería, exposición-venta y alquiler de vehículos, clínicas, venta menor de muebles,...

Legislación
La instrucción 1/1983 por la que se dictan las normas para aplicación del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, establece los mínimos exigibles para establecer si una actividad es calificada o no:

1. Cuando se doten de instalaciones complementarias o de servicios, con elementos motores o electromotores cuya potencia sea igual o superior a 9 CV.
2. Cuando su carga térmica o equivalente en madera sea igual o superior a 80 Mcal/m2., o 20 Kg/m2 respectivamente.
3. Cuando resulte necesaria la adopción de medidas correctoras a fin de garantizar que el nivel sonoro máximo trasmitido al interior de viviendas, hoteles o centros sanitarios colindantes o próximos, no supere 35 dB(A).
Para cualquier duda, mejor consultar con el técnico del ayuntamiento para justificar si la actividad en cuestión es considerada inocua o calificada.

¿Cuando se presenta?
En caso de que el local esté en plenas condiciones para llevar a cabo la actividad, o bien que la actividad no requiera de ningún tipo de obra para su puesta en marcha, la documentación se presentará como mínimo un mes antes de iniciar la actividad. El carácter de la licencia de obras, en su caso, dependerá de la naturaleza de la intervención. Es decir, en función de las características del proyecto de interiorismo del local se requerirá un tipo u otro de licencia.

Su tramitación debe ser previa al Proyecto de Obras, en caso de tener que habilitar el local para instalar la actividad, para evitar incoherencias entre proyecto y ejecución.

Tramitación 

Actividad Inocua sin obras
  1. Redacción de Proyecto y memoria técnica.
  2. Certificado Final de Instalaciones.
  3. Certificado de Compatibilidad Urbanística.
  4. Pago de Tasas Municipales
  5. Visita e Inspección del Ayuntamiento y se otorga la Licencia de Apertura
 Actividad Inocua con obras (será necesario la Declaración Responsable del promotor)
  1. Proyecto de Habilitación y Actividad.
  2. Impreso de Petición de Licencia de Obras.
  3. Pago de Tasas Municipales.
  4. Impreso de Petición de Licencia de Apertura.
  5. Certificado Final de Obras.
  6. Certificado Final de Instalaciones.
  7. Certificado de Compatibilidad Urbanística.
  8. Visita e Inspección del Ayuntamiento y se otorga la Licencia de Apertura.
Más información sobre cómo montar un negocio en un local comercial.
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Para cualquier consulta, solicitud de información o petición de honorarios puede ponerse en contacto conmigo a través del teléfono de contacto: 678 255 358, enviando un e-mail a miguelangel@tres60arquitectura.es o a través del formulario de contacto. Estaré encantado de poder resolver cualquier consulta que tengáis sin compromiso.
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