La nueva ordenanza reguladora para la instalación de terrazas de bares o restaurantes en la vía pública

La nueva ordenanza reguladora para la instalación de terrazas de bares o restaurantes en la vía pública

terrazas en la vía pública


El Ayuntamiento de Valencia ha aprobado la nueva ordenanza reguladora de actividades, instalaciones y ocupaciones en la vía pública para la instalación de sillas y mesas de terrazas de bares y restaurantes en la ciudad. Una ordenanza municipal que afectará a los cerca de 3.200 establecimientos que actualmente están autorizados para ocupar la vía publica con mesas y sillas.

Con la aprobación de la ordenanza, se sustituyen los criterios actuales, en base al tipo de calle, anchura de acera y características de la zona, por unas medidas más objetivas que garantizan un uso racional de la vía pública y un reparto equitativo del espacio destinado a terraza. De esta forma, la ordenanza establece el aforo interior, la superficie del local y el ancho de la fachada como los tres requisitos básicos para conceder el permiso anual o de temporada con el que ampliar y/o completar un negocio con terrazas habilitadas en la vía pública.

Las principales novedades se recogen en el artículo 59, donde se establece una ocupación máxima de 1,5 m² de terraza por cada persona de aforo interior del local. Por tanto, los límites de ocupación máxima de la vía pública se establecen en 60 m² para plantas bajas de hasta 200 metros y 100 m² como máximo para establecimientos de hasta 800 metros.

En cuanto a la anchura de aceras, la necesidad de dejar una banda libre para el paso de viandantes obliga a no autorizar ocupaciones con mesas y sillas en aceras inferiores a 3 m, salvo que se cumpla una distancia mínima de 0,5 metros y se respete una banda libre peatonal de 1,50 metros. En el caso de barrios singulares como Ciutat Vella o espacios urbanos como plazas, jardines o calles peatonales, no se permitirá la instalación de toldos pero la banda libre peatonal mínima se reduce a 1,20 metros.

Otra de las novedades de la ordenanza es la necesidad de señalizar el espacio autorizado con pintura blanca, para evitar ciertos abusos experimentados en los últimos años con la ocupación de más superficie de la autorizada en la licencia y controlar la saturación del espacio público con estas instalaciones.

Por tanto, se abre a partir de ahora un periodo informativo para que los afectados por la ordenanza puedan comprobar si su licencia de terraza cumple con los parámetros generales y específicos de ocupación y poder renovar su solicitud en las correspondientes Juntas Municipales en los 30 días siguientes a la publicación de la ordenanza en el BOP.

Trámites

Tal y como estipula la nueva ordenanza, los propietario de bares o restaurantes con autorización anual o de temporada deberán presentar un nuevo plano firmado por un técnico competente, donde se defina la nueva ocupación de la terraza en base al aforo interior, la superficie del local y el ancho de la fachada. El plano deberá reflejar también la existencia de instalaciones o elementos de mobiliario urbano próximos, así como la justificación del cumplimiento de la banda peatonal libre que establece la ordenanza.

Tras su presentación, un inspector municipal y un policía de barrio se trasladarán a la ubicación para comprobar in situ la instalación y proceder al pintado o señalizado del espacio delimitado por la terraza. Y acto seguido, se elaborará un acta firmada por todos los presentes y una fotografía de la ubicación como documento justificativo en caso de conflicto o incumplimiento posterior de la ordenanza.

Para solicitar o renovar la licencia de ocupación de la vía pública con sillas y mesas podéis descargaros el pdf o bien consultar la web del Aytuntamiento de Valencia.
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